El Congreso de Colombia concretó este martes una reforma que permite el divorcio por decisión unilateral, también conocido como “divorcio exprés”. La medida, aprobada la tarde de este martes por la Cámara de Representantes y previamente avalada por el Senado, pasará a conciliación y será enviada al presidente Gustavo Petro para que la sancione, según se informó en un comunicado.
La reforma modifica el Código Civil para establecer como una nueva causal de divorcio el que una persona simplemente ya no quiera continuar con su matrimonio, dijo el representante Julio César Triana, integrante del partido Cambio Radical y promotor de la propuesta.
Con este cambio, para que un divorcio pueda proceder, ya no será necesario que las dos personas estén de acuerdo o que quien solicite poner fin al matrimonio argumente causales específicas, explicó Triana. El o la solicitante podrá acudir por su cuenta con un juez o un notario, añadió.
Hasta ahora, el artículo 154 del Código Civil de Colombia contemplaba nueve causales de divorcio, entre ellas, que alguno de los cónyuges tuviera relaciones sexuales extramatrimoniales, que no cumpliera con sus deberes legales, los ultrajes o tratos crueles, la embriaguez o el consumo habitual de estupefacientes y la separación de cuerpos que haya perdurado por más de dos años.
Para Triana, sumar a estas causales el deseo de ya no estar con una persona no solo es necesario, sino que permitirá reducir la violencia intrafamiliar sin afectar a los hijos o los derechos adquiridos.
“Cuando dos personas no pueden convivir porque una de ellas ya no siente nada por la otra, lo que nace es violencia y confrontación”, dijo el legislador.
Uno de estos últimos fue del legislador Luis Miguel López, del Partido Conservador, quien lamentó la decisión con el argumento de que el matrimonio es una institución que se debe “proteger”.
“El divorcio unilateral, exprés, lo que hace es de alguna manera volver el matrimonio desechable”, dijo.
Con información de La Prensa de Monagas