Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto, que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
Este tipo de delitos pueden cometidos durante las diferentes etapas del proceso electoral, pero en los que pueden presentan mientras se desarrollan los comicios, tanto por votantes como por los miembros de mesas u partidos políticos se encuentran:
✔️Destrucción del material electoral
✔️Realizar actos proselitistas
✔️Tomar fotografías al voto
✔️Romper la papeleta electoral que emite la máquina
✔️Pretender obligar que se ejerza el derecho al sufragio
✔️Consumo, expendio y venta de bebidas alcohólicas en los centros de votación.
✔️Coartar la libertad y secreto del voto de los ciudadanos
✔️Instalación, apertura o cierre una Mesa o Centro fuera de lo establecido en las Leyes, Reglamentos o Decretos electorales.
✔️Impedir violentamente la instalación, apertura o cierre de una Mesa.
✔️Impedir el voto a los electores con discapacidad, aun cuando no conste en los datos del elector tal condición.
✔️Pretender ejercer el sufragio por otra persona, ejercerlo por más de una vez o estar acompañado con la excepción de las analfabetas, invidentes y mayores de edad.S
Sumado a ello, el pasado martes el fiscal general de Venezuela, Tarek William Saab, advirtió que cualquier declaración sobre los resultados electorales antes del pronunciamiento oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE) constituirá un delito electoral.