El Tribunal Constitucional (TC) español avaló en una sentencia la ley que penaliza el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas a interrumpir de forma voluntaria su embarazo al desestimar un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el partido de ultraderecha Vox.
Por siete votos a cuatro, el pleno del TC desestimó el recurso de inconstitucionalidad de la formación ultraderechista a la ley, aprobada en abril de 2022, que reformó el Código Penal para castigar estas formas de acoso hacia las mujeres que acuden a abortar y a los sanitarios que practican estas intervenciones con penas de entre tres meses y un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
Vox imputaba a la ley la lesión del principio de legalidad penal del artículo 25.1 de la Constitución española al entender que las previsiones del nuevo artículo introducido en el Código Penal no eran suficientemente taxativas y por tanto impedían identificar claramente a los destinatarios de la norma y las conductas penalmente perseguibles.
Además, los recurrentes consideraban que la tipificación de los comportamientos previstos en la norma supone una limitación de las libertades ideológica y de expresión y de los derechos de reunión y manifestación, a la igualdad y de libertad religiosa de quienes, contrarios a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, deciden expresar esa oposición públicamente.
La sentencia del TC rechaza todas las impugnaciones ya que, a su juicio, «ninguno de los términos utilizados por el legislador en la redacción del citado artículo del Código Penal resulta vago y por ello imprevisible para los destinatarios de la norma».
Además, explica que «el delito de acoso para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo pretende la protección de un interés con cobertura constitucional suficiente, como es la garantía de la libertad de las mujeres» para llevarla a cabo.
De esta forma la sentencia niega que el mencionado precepto produzca, por su severidad, un sacrificio innecesario o desproporcionado de los derechos a la libertad de expresión o de manifestación cuyos ejercicios se ven afectados por la norma recurrida.
Las clínicas denuncian que el acoso es «permanente»
Las clínicas acreditadas para la interrupción del embarazo denuncian que el acoso hacia las mujeres que acuden a ellas no ha cesado dos años después de la aprobación de la ley, aunque esta sí ha traído «mayor sensibilidad» entre las fuerzas policiales.
Así lo señaló, en declaraciones a EFE, el asesor jurídico de las Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), José Antonio Bosch, quien asegura que hay centros en varias ciudades españolas en los que la presencia de grupos antiabortistas es «permanente».
Quienes ejercen el acoso actúan en grupos pequeños, organizados por grupos católicos a través de redes sociales, que acuden a las puertas de estos centros de forma rutinaria y, con más intensidad, durante campañas como la internacional ’40 días por la vida’, según explica el abogado.
Lo más frecuente es que se pongan a rezar en la puerta de estos centros, aunque también se dedican a obstaculizar la entrada a las mujeres que quieren acceder a ellos, les dan muñecos de bebés para disuadirlas e incluso las increpan e insultan, relata este letrado. EFE