Corte Suprema de El Salvador se pronuncia sobre reelección de Bukele

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Foto: Archivo

Nayib Bukele podrá continuar en la Presidencia de El Salvador hasta el 30 de noviembre para luego dedicarse a la campaña electoral por la reelección y cumplir el requisito establecido en el fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de ese país.

Para buscar un segundo mandato de manera consecutiva, el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, deberá dejar la Presidencia de esa nación, según el plazo que le dio la Corte Suprema de Justicia.

Reelección de Bukele

De acuerdo con un fallo emitido en septiembre de 2021, los magistrados establecieron que para evitar que un presidente que opte a la reelección no prevalezca en el cargo debe dejarlo seis meses antes del nuevo periodo.

El fallo también establece que con la renuncia del actual presidente, debe asumir el vicepresidente el tiempo restante.

Sin embargo, Félix Ulloa también busca la reelección en el cargo junto al mandatario, pero en su caso, la ley no prohíbe que el vicepresidente permanezca en funciones, debido a que quien define a su compañero de fórmula es el aspirante a la presidencia.

Así que Ulloa seguirá en su cargo mientras avanza la campaña.

La candidatura de Bukele fue avalada el 3 de noviembre por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), cuyos magistrados declararon improcedentes los recursos interpuestos por la oposición para anular su participación en la contienda electoral, porque consideran que viola al menos cinco artículos de la Constitución.

El nuevo periodo comenzará el 1 de junio de 2024 y tiene una duración de cinco años, de acuerdo con el artículo 154 de la Constitución de El Salvador.

El camino a seguir

El presidente Nayib Bukele tendrá que solicitar una licencia a la Asamblea Legislativa para dedicarse a su campaña, según lo establece el fallo de la Corte Suprema de Justicia de 2021.

“Este es un proceso que vamos a hacerlo en la última plenaria del mes”, dijo Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, en declaraciones a la prensa el siete de noviembre.

Según la Constitución, ante la ausencia del presidente y vicepresidente, los diputados son quienes deben nombrar a los designados, y para ello Bukele tiene facultad exclusiva de enviar las ternas. Tal y como lo establece el inciso décimo sexto del artículo 168 de la Constitución.

Los designados que proponga el actual mandatario deben ser salvadoreños por nacimiento, hijos de padre o madre salvadoreño; de estado seglar, mayor de treinta años, de moralidad e instrucción notorias; estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores a la elección, según el artículo 151 de la Constitución.

Con información de 2001