El presidente Daniel Noboa dispuso una serie de pasos que deberán ser cumplidos por las entidades ecuatorianas.
Con la suscripción del Decreto 139, Daniel Noboa, presidente de Ecuador, materializó su promesa de iniciar un proceso que permita repatriar a los presos extranjeros que cumplen sentencias en Ecuador. Según el Código Penal de Ecuador, las condenas contra personas extranjeras resueltas por autoridades ecuatorianas “podrán ser ejecutadas en el país de origen o nacionalidad del sentenciado”.
Para lograr la repatriación de 3.200 prisioneros, de los cuales casi 1.500 son de nacionalidad colombiana, Noboa dio instrucciones al servicio de cárceles y a los ministerios de Relaciones Exteriores, de Derechos Humanos y de Gobierno.
El Servicio Nacional de Atención Integral (SNAI), que rige las cárceles, deberá cumplir con los procedimientos administrativos que permitan repatriar a los presos extranjeros para que cumplan la sentencia en el país de origen. Luego, las carteras de Estado mencionadas se encargarán de las acciones dispuestas bajo los tratados bilaterales y multilaterales respecto a la repatriación o traslado de presos a sus países con fin humanitario.
“Esa gente no va a poder volver a entrar (…) No vamos a permitir que vaya a Colombia y regrese a cometer los mismos crímenes en Ecuador. Estamos moviendo de 100 en 100 hasta acabar con todos”, dijo Noboa en una entrevista con Ecuavisa. Según el primer mandatario, la repatriación permitirá reducir el hacinamiento en las cárceles y disponer de los recursos económicos estatales que se enfocaban en esas personas.
Entre las recomendaciones que entrega la Comisión en el informe está que se incremente el personal de las prisiones que debe estar a cargo de la seguridad en los centros penitenciarios. Además, insta a que el gobierno actúe en la reducción de la población carcelaria para “remediar de manera inmediata cualquier situación de alojamiento por encima del número de plazas establecido”.
Con información de EFE